Casación No. 439-2016

Sentencia del 24/10/2016


"...Al invocar este submotivo, la casacionista denuncia que la Sala en su fallo no aplicó el artículo 12 de la Constitución Política de la República de Guatemala, toda vez que considera que al dictar la sentencia de la forma en que lo hizo, no se averiguó la verdad y por ende no fue vencida.
Esta Cámara determina que una norma de rango constitucional, como ocurre con la señalada, establece garantías y principios generales, los cuales son desarrollados por las leyes ordinarias. Por tanto, no se puede utilizar el recurso extraordinario de casación para denunciar tales violaciones sin vincular las normas constitucionales a normas de carácter ordinario..."